Información para Residentes

Evaluación anual

Cada año, hacia el mes de abril, deberás entregar un Informe/memoria Anual firmado por ti, el Responsable de la Unidad Docente y tu Tutor. Asimismo deberás cumplimentar una Encuesta de valoración de la docencia recibida durante el año (Encuesta general y de valoración del rotatorio).

Cuando a lo largo del año docente hayas efectuado rotatorios, las correspondientes hojas de evaluación (docente y discente) deberán ser recogidas por tu tutor antes de la evaluación anual. Estas hojas de evaluación se incorporarán al informe anual.

Tu Tutor elaborará conjuntamente contigo un informe individualizado para ti, como herramienta de autoevaluación. Este informe contendrá los siguientes apartados:

  • Resumen de las competencias (conjunción de conocimientos, habilidades y actitudes) en asistencia, docencia e investigación, adquiridas a lo largo del año.
  • Puntos fuertes a mantener.
  • Áreas de mejora a abordar el próximo año.
  • Plan de formación para el próximo año, incluyendo rotatorios, actividades docentes y de investigación.
  • Este Informe se incorporará al Informe anual, el cual será firmado por ti y por tu Tutor.

La evaluación será efectuada por un Comité de Evaluación, constituido por:

  • Presidente de la Comisión de Docencia.
  • Un facultativo del centro con título de Especialista de la especialidad que proceda, designado por la Comisión de Docencia, que podrá asumir la Presidencia del Comité previa delegación expresa del Jefe de Estudios.
  • El Tutor asignado al Especialista en formación que deba ser evaluado.
  • El Vocal de la Comisión de Docencia designado por la Comunidad Autónoma.

El Comité de Evaluación estudiará el Informe del Tutor, y otorgará las puntuaciones, las cuales Se calificará de 1 a 10 según el siguiente cuadro:

| |Cuantitativa (1-10) | Cualitativa | |NEGATIVA | <3 | Muy insuficiente. Lejos de alcanzar los objetivos anuales. | | Entre 3 y <5 | Insuficiente. No alcanza todos los objetivos anuales pero podría alcanzarlos con un periodo complementario de formación. | |POSITIVA | Entre 5 y <6 | Suficiente. Alcanza los objetivos anuales. | | | Entre 6 y <8 | Bueno. Alcanza los objetivos anuales, demostrando un nivel superior en algunos de ellos | | | Entre 8 y <9.5 | Muy bueno. Domina todos los objetivos anuales. | | | Entre 9.5-10 | Excelente. Muy alto nivel de desempeño durante el año formativo. |

Sólo alcanzan esta calificación un número limitado de residentes. Se valorará de acuerdo con la experiencia del Comité, con los resultados de la promoción o con otras promociones anteriores de residentes, calificados como muy bueno. A resultas de la evaluación anterior, el Jefe de Estudios emitirá la puntuación correspondiente y la calificación que será remitido al Registro Nacional de Especialistas en Formación del Ministerio.

La calificación tendrá los siguientes efectos:

  • POSITIVA: pasa al siguiente año de formación, o accede al título de especialista.
  • NEGATIVA: Deberá especificarse la causa.

A. NEGATIVA POR INSUFICIENTE APRENDIZAJE SUSCEPTIBLE DE RECUPERACIÓN.

Cuando haya una o más rotaciones evaluadas negativamente, el Comité de Evaluación establecerá una recuperación específica y programada, que el especialista en formación deberá realizar dentro de los tres primeros meses del siguiente año formativo, conjuntamente con las actividades programadas de este periodo. En las especialidades de enfermería el periodo de recuperación será de dos meses.

En las evaluaciones anuales negativas de último año, el período de recuperación implicará la prórroga del contrato por la duración del periodo de recuperación. La evaluación negativa del periodo de recuperación no tendrá carácter recuperable y supondrá la extinción del contrato, salvo que el residente solicite la revisión de la evaluación y su resultado fuera positivo.

La prórroga anual del contrato por los restantes nueve meses del año formativo queda supeditada a la evaluación positiva del período de recuperación.

B. NEGATIVA RECUPERABLE POR IMPOSIBILIDAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SUPERIOR AL 25% DE LA JORNADA ANUAL (suspensión de contrato u otras causas legales).

El Comité de Evaluación establecerá el periodo de prórroga, que necesariamente no podrá ser inferior a la duración total de los periodos de suspensión, alcanzando incluso la repetición de todo el año. Una vez completado el periodo de recuperación se procederá a su evaluación. El periodo de prórroga propuesto se hará constar en el apartado de OBSERVACIONES.

La repetición completa del año requerirá que el periodo de suspensión de contrato sea mayor de 6 meses y que se emita una Resolución por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, previo informe de la Comisión de Docencia.

En aquellos supuestos en los que la suspensión del contrato sea inferior al 25% de la jornada anual y el Comité de Evaluación consideré que el residente no ha podido alcanzar los objetivos y competencias del año formativo, podrá, excepcionalmente, evaluarle negativamente, acordando la realización de un periodo de recuperación, que no podrá ser superior al periodo de suspensión de contrato.

La evaluación negativa del periodo de recuperación o repetición de curso no tendrá carácter recuperable y supondrá la extinción del contrato, salvo que el residente solicite la revisión de la evaluación1 y su resultado fuera positivo.

C. NEGATIVA, NO SUSCEPTIBLE DE RECUPERACIÓN

POR INSUFICIENTE APRENDIZAJE/NOTORIA FALTA DE APROVECHAMIENTO POR REITERADAS FALTAS DE ASISTENCIA NO JUSTIFICADAS El Comité de Evaluación propondrá la extinción del contrato que se llevará a efecto, salvo que el residente solicite la revisión de la evaluación y su resultado fuera positivo. En los documentos de evaluación del residente que sea evaluado negativamente debe estar acreditada la falta de aprovechamiento y las medidas que el tutor haya puesto en marcha para solventarlas y su carencia de resultado.